Autónomos Nueva regulación en la llevanza de los libros

El pasado mes de julio se publicó la Orden HAC/773/2019, que regula la llevanza de los libros registros en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), que entrará en vigor el 1 de enero de 2020 y se aplicará a las anotaciones registrales correspondientes al ejercicio 2020 y siguientes.

Entre otras novedades, se introduce la necesidad de que, en las anotaciones en los libros registro de ventas e ingresos y de compras y gastos se haga constar el Número de identificación fiscal de la contraparte de la operación, con el objetivo de reforzar y concretar la posibilidad de que estos libros puedan ser compatibles, con los requeridos en el Impuesto sobre el Valor Añadido.