Cambio del Centro de Trabajo

¿Puede la empresa imponer un cambio de Centro de Trabajo? Puede imponerlo si no implica un cambio de residencia.

Si el cambio de centro de trabajo implica un cambio de residencia del trabajador, la empresa debe justificar la existencia de causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, y dicho trabajador puede optar entre aceptarlo o extinguir su contrato, con derecho a percibir una indemnización de 20 días de salario por año de servicio, con un máximo de 12 mensualidades.

Para determinar si el traslado exige o no el cambio de residencia se analizan los siguientes factores:

  • Distancia entre el nuevo centro de trabajo y el antiguo si supera o no los 30 kilómetros.
  • Tiempo de desplazamiento al centro de trabajo: analizando si es superior o inferior al 25% de la jornada laboral.